Scrutatio

Sabato, 27 aprile 2024 - Santa Zita ( Letture di oggi)

Levitico 13


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NOVA VULGATAEL LIBRO DEL PUEBLO DE DIOS
1 Locutus est Dominus ad Moysen et Aaron dicens:1 El Señor dijo a Moisés y a Aarón:
2 “ Homo, in cuius carne et cute ortus fuerit tumor sive pustula aut quasi lucens quippiam, id est plaga leprae, adducetur ad Aaron sacerdotem vel ad unum quemlibet filiorum eius sacerdotum.2 Cuando aparezca en la piel de una persona una hinchazón, una erupción o una mancha lustrosa, que hacen previsible un caso de lepra, la persona será llevada al sacerdote Aarón o a uno de sus hijos, los sacerdotes,
3 Qui cum viderit plagam in cute et pilos in album mutatos colorem ipsamque speciem plagae humiliorem cute et carne reliqua: plaga leprae est; quod cum viderit sacerdos, eum immundum esse decernet.3 el cual examinará la afección. Si en la zona afectada el vello se ha puesto blanco, y aquella aparece más hundida que el resto de la piel, es un caso de lepra. El sacerdote, después de haberla observado, deberá declarar impura a esa persona.
4 Sin autem lucens candor fuerit in cute nec humilior carne reliqua, et pili coloris pristini, recludet eum sacerdos septem diebus.4 Si la mancha lustrosa es blancuzca pero no aparece más hundida que la piel y el vello que la recubre no se ha puesto blanco, el sacerdote mantendrá aislada a la persona afectada durante siete días.
5 Et considerabit eum die septimo: et, siquidem plaga ultra non creverit nec transierit in cute priores terminos, rursum recludet eum septem diebus aliis.5 Al séptimo día volverá a examinarla y si comprueba que la afección continúa estacionaria y no se ha propagado por la piel, el sacerdote la mantendrá aislada siete días más.
6 Et die septimo contemplabitur eum iterum: si obscurior fuerit plaga et non creverit in cute, eum mundum esse decernet, quia scabies est. Lavabitque homo vestimenta sua et mundus erit.6 Al séptimo día volverá a examinar, y si la afección ha cedido y no se ha extendido por la piel, declarará puro al enfermo; no es más que una erupción. El enfermo lavará su ropa y será puro.
7 Quod si, postquam a sacerdote visus est et redditus munditiae, iterum scabies creverit, adducetur ad eum;7 Pero si después de haberse presentado al sacerdote y de haber sido declarado puro, la erupción continúa extendiéndose por la piel, se presentará nuevamente al sacerdote.
8 et, si viderit ita esse, immunditiae condemnabitur: est lepra.
8 Y si este ve que la erupción se ha propagado, deberá declararlo impuro, porque es lepra.
9 Plaga leprae si fuerit in homine, adducetur ad sacerdotem,9 Cuando en una persona aparezcan síntomas de lepra, será llevada al sacerdote.
10 et videbit eum. Cumque tumor albus in cute fuerit et capillorum mutaverit aspectum in album, caro quoque viva creverit in tumore,10 Si este descubre en la piel una hinchazón blancuzca, que ha emblanquecido el vello, y si en la parte hinchada se ha formado una úlcera,
11 lepra vetustissima iudicabitur atque inolita cuti. Contaminabit itaque eum sacerdos et non recludet, quia perspicue immunditia est.11 entonces se trata de lepra crónica. El sacerdote debe declarar impuro al enfermo, sin necesidad de aislarlo, porque ciertamente es impuro.
12 Sin autem effloruerit discurrens lepra in cute et operuerit omnem cutem a capite usque ad pedes, quidquid sub aspectu oculorum cadit,12 Pero si la lepra prolifera hasta cubrir por completo la piel de la persona afectada, de la cabeza a los pies, en cuanto el sacerdote alcanza a ver,
13 considerabit eum sacerdos et teneri lepra mundissima iudicabit, eo quod omnis in candorem versa sit, et idcirco homo mundus erit.13 y si este, al hacer el examen, comprueba que la lepra cubre todo el cuerpo, entonces deberá declarar pura a la persona afectada. Es pura, porque se ha vuelto totalmente blanca.
14 Quando vero caro vivens in eo apparuerit, immundus erit.14 Sin embargo, apenas aparezca una úlcera, será impura.
15 Quod cum sacerdos viderit, inter immundos reputabit; caro enim viva immunda est: lepra est.15 Cuando el sacerdote vea la úlcera, la declarará impura: la úlcera es impura porque es lepra.
16 Quod si rursum versa fuerit in alborem, veniet ad sacerdotem,16 Pero si la úlcera se vuelve a poner blanca, el enfermo irá de nuevo al sacerdote,
17 qui cum hoc consideraverit, eum mundum esse decernet.
17 y él lo examinará. Si la afección ha recuperado el color blanco, el sacerdote tendrá que declarar pura a la persona afectada, porque es pura.
18 Caro et cutis, in qua ulcus natum est et sanatum,18 Si en la piel de una persona aparece una inflamación, que luego se cura,
19 et in loco ulceris tumor apparuerit albus sive macula subrufa, ostendet se homo sacerdoti.19 pero en el lugar donde estaba la inflamación se forma una hinchazón blancuzca o una mancha de color rojizo pálido, el enfermo se presentará al sacerdote.
20 Qui cum viderit locum maculae humiliorem carne reliqua et pilos versos in candorem, contaminabit eum: plaga enim leprae orta est in ulcere.20 Si el sacerdote ve que la zona afectada está más hundida que la piel, y que el vello se ha puesto blanco, deberá declararlo impuro: es un caso de lepra que ha proliferado en la inflamación.
21 Quod si pilus coloris est pristini et cicatrix subobscura et vicina carne non est humilior, recludet eum septem diebus.21 Pero sin advierte que no hubo emblanquecimiento del vello ni hundimiento de la epidermis, sino que la afección fue cediendo, mantendrá al enfermo aislado durante siete días,
22 Et, siquidem creverit, adiudicabit eum leprae;22 y si la inflamación continúa extendiéndose por la piel, deberá declararlo impuro: es una verdadera afección.
23 sin autem steterit in loco suo macula nec creverit, ulceris est cicatrix, et sacerdos eum mundum esse decernet.
23 En cambio, si la mancha permanece estacionaria y no se extiende, es la cicatriz de la inflamación, y por lo tanto, el sacerdote deberá declarar pura a la persona afectada.
24 Vel si alicuius cutem ignis exusserit, et locus exustionis subrufam sive albam habuerit maculam,24 Si una persona se quema con fuego y se forma sobre la quemadura una mancha lustrosa de color rojizo pálido o blancuzco,
25 considerabit eam sacerdos; et ecce pilus versus est in alborem, et locus eius reliqua cute humilior, contaminabit eum, quia plaga leprae in cicatrice orta est.25 el sacerdote la examinará. Si en la mancha lustrosa el vello se ha puesto blanco y la parte afectada aparece más hundida que el resto de la piel, se trata de lepra que ha proliferado en la quemadura. El sacerdote deberá declarar impuro al enfermo, porque es lepra.
26 Quod si pilorum color non fuerit immutatus, nec humilior macula carne reliqua, et ipsa leprae species fuerit subobscura, recludet eum septem diebus.26 Pero si el sacerdote comprueba que no hay emblanquecimiento del vello ni hundimiento de la epidermis, y que la mancha ha ido cediendo, mantendrá aislado al enfermo durante siete días.
27 Et die septimo contemplabitur eum; si creverit in cute macula, contaminabit eum: plaga est leprae;27 Al séptimo día lo examinará, y si la afección se ha extendido por la piel, el sacerdote deberá declararlo impuro: es un caso de lepra.
28 sin autem in loco suo macula steterit non satis clara, tumor combustionis est, et idcirco mundabit eum, quia cicatrix est combusturae.
28 Pero si la mancha permanece estacionaria, sin extenderse por la piel, y pierde intensidad, es simplemente efecto de la quemadura. El sacerdote tendrá que declararlo puro, porque no es más que la cicatriz de la quemadura.
29 Vir sive mulier, in cuius capite vel barba germinarit plaga, videbit eam sacerdos.29 Si un hombre o una mujer tienen una afección en la cabeza o en el mentón,
30 Et, siquidem humilior fuerit locus carne reliqua, et capillus flavus solitoque subtilior, contaminabit eos, quia scabies est, lepra capitis vel barbae.30 el sacerdote examinará la parte afectada. Si esta aparece más hundida que el resto de la piel, y en ella el pelo se ha vuelto amarillento y débil, el sacerdote tendrá que declarar impuro al enfermo: es tiña, o sea, lepra de la cabeza y del mentón.
31 Sin autem viderit plagam scabiei aequalem vicinae carni nec capillum nigrum in ea, recludet eos septem diebus.31 Pero si el sacerdote comprueba que la zona afectada de tiña no aparece más hundida que el resto de la piel, y que en ella no hay pelo negro, mantendrá aislado al enfermo durante siete días.
32 Et die septimo intuebitur plagam: si non creverit scabies, nec capillus flavus fuerit in ea, et locus plagae carni reliquae aequalis,32 Al séptimo día examinará la afección, y si tiña no se ha propagado ni hay pelo amarillento, y la zona afectada no aparece más hundida que el resto de la piel,
33 radetur homo absque loco maculae, et includet eum sacerdos septem diebus aliis.33 el enfermo se afeitará, excluida la parte afectada, y el sacerdote lo mantendrá aislado siete días más.
34 Si die septimo visa fuerit stetisse plaga in loco suo nec humilior carne reliqua, mundabit eum sacerdos; lotisque vestibus mundus erit.34 Al séptimo día lo someterá a un nuevo examen, y si la tiña no se ha extendido por la piel y la zona afectada no aparece más hundida, el sacerdote tendrá que declararlo puro.
35 Sin autem post emundationem rursus creverit scabies in cute,35 Si después de haber sido declarado puro, la tiña se propaga por la piel,
36 non quaeret amplius utrum capillus in flavum colorem sit commutatus, quia aperte immundus est.36 el sacerdote lo examinará, y si la tiña se ha extendido, no necesitará verificar si hay pelo amarillento: el enfermo es impuro.
37 Porro si steterit macula, et capilli nigri fuerint, noverit hominem esse sanatum et confidenter eum pronuntiet mundum.
37 En cambio, si advierte que la tiña permanece estacionaria y que en la zona afectada ha crecido pelo negro, la tiña está curada. La persona es pura, y el sacerdote deberá declararla como tal.
38 Vir et mulier, in cuius cute maculae, maculae albae apparuerint,38 Si un hombre o una mujer tienen en la piel manchas lustrosas de color blanco,
39 intuebitur eos sacerdos. Si deprehenderit subobscurum alborem lucere in cute, sciat impetiginem ortam esse in cute; mundus est.
39 y el sacerdote ve que las manchas son de un blanco tenue, se trata de una eczema que ha brotado en la piel: esa persona es pura.
40 Vir, de cuius capite capilli fluunt, calvus ac mundus est;40 Si a un hombre se le cae el cabello y queda calvo, es puro.
41 et, si a fronte ceciderint pili, recalvaster et mundus est.41 Si pierde el cabello en la parte delantera de la cabeza y se vuelve calvo sobre la frente, también es puro.
42 Sin autem in calvitio sive in recalvatione plaga alba vel subrufa fuerit exorta, lepra est capitis.42 Pero si en la parte calva, ya sea sobre la frente o en la parte posterior de la cabeza, aparece una afección de color rojizo pálido, es lepra que ha proliferado en la parte calva.
43 Sacerdos eum videbit, et ecce tumor plagae subrufus secundum aspectum leprae cutis carnis.43 El sacerdote lo examinará, y si la hinchazón de la zona afectada es de un color rojizo pálido y tiene el mismo aspecto que la lepra de la piel del cuerpo,
44 Vir maculatus est lepra, et sacerdos omnino decernet eum esse immundum; plaga est in capite eius.
44 se trata de un leproso. Esa persona es impura, y el sacerdote deberá declararla como tal: tiene lepra en la cabeza.
45 Leprosus hac plaga percussus habebit vestimenta dissuta, comam capitis excussam, barbam contectam; clamabit: "Immundus! Immundus!".45 La persona afectada de lepra llevará la ropa desgarrada y los cabellos sueltos; se cubrirá hasta la boca e irá gritando: «¡Impuro, impuro!»
46 Omni tempore, quo leprosus est immundus, immundus est et solus habitabit extra castra.
46 Será impuro mientras dure su afección. Por ser impuro, vivirá apartado y su morada estará fuera del campamento.
47 Si in veste lanea sive linea lepra fuerit,47 Cuando aparezca una mancha de lepra en una prenda de lana o de lino
48 in stamine sive subtemine lineo vel laneo aut in pelle vel quolibet ex pelle confecto,48 –en la trama o en la urdimbre de la lana o del lino– o en un cuero, o en algo fabricado con cuero,
49 si macula pallida aut rufa fuerit, lepra reputabitur ostendeturque sacerdoti.49 si la mancha es amarillenta o rojiza, se trata de una mancha de lepra y por lo tanto deberá ser mostrada al sacerdote.
50 Qui considerabit macula infectum et recludet septem diebus;50 Este la examinará y mantendrá aislado durante siete días el objeto afectado.
51 et die septimo rursus aspiciens, si crevisse deprehenderit, lepra maligna est; pollutum iudicabit vestimentum et omne, in quo fuerit inventa,51 Al séptimo día volverá a examinar la mancha, y si se ha extendido por la prenda de vestir –en la trama o la urdimbre– o por el cuero –cualquiera sea el uso para el que se lo destina– es lepra maligna: ese objeto es impuro
52 et idcirco comburetur flammis.52 y será quemado. Como se trata de lepra maligna, deberá ser consumido por el fuego.
53 Quod si eam viderit non crevisse,53 Pero si el sacerdote comprueba que la mancha no se ha extendido,
54 praecipiet, et lavabunt id, in quo plaga est; recludetque illud septem diebus aliis.54 ordenará que laven el objeto donde está la misma y lo mantendrá aislado siete días más.
55 Et cum viderit post lavationem faciem quidem pristinam non mutatam, nec tamen crevisse plagam, immunda est res, et igne combures eam, eo quod infusa sit plaga in superficie rei vel in parte aversa.55 El sacerdote examinará la mancha después de haber sido lavada: si esta no ha cambiado de aspecto, aunque no se haya extendido, el objeto es impuro y deberás quemarlo: es una corrosión, sea en la parte interior o en la parte exterior.
56 Sin autem obscurior fuerit locus plagae, postquam res est lota, sacerdos abrumpet eum et a solido dividet.56 Pero si el sacerdote comprueba que la mancha, una vez lavada, ha disminuido, la arrancará de la ropa o del cuero, de la trama o de la urdimbre.
57 Quod si macula ultra apparuerit in his rebus, quae prius immaculata erant, lepra volatilis et vaga, igne combures illas.57 Y si vuelve a aparecer, es un brote contagioso: el objeto deberá ser consumido por el fuego.
58 Quas vero laveris et a quibus cessaverit plaga, illas lavabis secundo, et mundae erunt.
58 Pero si la mancha desaparece de la ropa –de la trama o de la urdimbre– o del objeto de cuero que sido lavado, se lo volverá a lavar, y entonces será puro.
59 Ista est lex leprae vestimenti lanei et linei, staminis atque subteminis, omnisque supellectilis pelliceae, quomodo mundari debeat vel contaminari ”.
59 Estas son las instrucciones relativas a la lepra de la ropa de lana o de lino –en la urdimbre o la trama– o de cualquier objeto de cuero, para declararlos puros o impuros.