Scrutatio

Domenica, 28 aprile 2024 - San Luigi Maria Grignion da Montfort ( Letture di oggi)

Levítivo 13


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VULGATAEL LIBRO DEL PUEBLO DE DIOS
1 Locutusque est Dominus ad Moysen, et Aaron, dicens :1 El Señor dijo a Moisés y a Aarón:
2 Homo, in cujus cute et carne ortus fuerit diversus color, sive pustula, aut quasi lucens quippiam, id est, plaga lepræ, adducetur ad Aaron sacerdotem, vel ad unum quemlibet filiorum ejus.2 Cuando aparezca en la piel de una persona una hinchazón, una erupción o una mancha lustrosa, que hacen previsible un caso de lepra, la persona será llevada al sacerdote Aarón o a uno de sus hijos, los sacerdotes,
3 Qui cum viderit lepram in cute, et pilos in album mutatos colorem, ipsamque speciem lepræ humiliorem cute et carne reliqua : plaga lepræ est, et ad arbitrium ejus separabitur.
3 el cual examinará la afección. Si en la zona afectada el vello se ha puesto blanco, y aquella aparece más hundida que el resto de la piel, es un caso de lepra. El sacerdote, después de haberla observado, deberá declarar impura a esa persona.
4 Sin autem lucens candor fuerit in cute, nec humilior carne reliqua, et pili coloris pristini, recludet eum sacerdos septem diebus :4 Si la mancha lustrosa es blancuzca pero no aparece más hundida que la piel y el vello que la recubre no se ha puesto blanco, el sacerdote mantendrá aislada a la persona afectada durante siete días.
5 et considerabit die septimo : et si quidem lepra ultra non creverit, nec transierit in cute priores terminos, rursum recludet eum septem diebus aliis.5 Al séptimo día volverá a examinarla y si comprueba que la afección continúa estacionaria y no se ha propagado por la piel, el sacerdote la mantendrá aislada siete días más.
6 Et die septimo contemplabitur : si obscurior fuerit lepra, et non creverit in cute, mundabit eum, quia scabies est : lavabitque homo vestimenta sua, et mundus erit.6 Al séptimo día volverá a examinar, y si la afección ha cedido y no se ha extendido por la piel, declarará puro al enfermo; no es más que una erupción. El enfermo lavará su ropa y será puro.
7 Quod si postquam a sacerdote visus est, et redditus munditiæ, iterum lepra creverit : adducetur ad eum,7 Pero si después de haberse presentado al sacerdote y de haber sido declarado puro, la erupción continúa extendiéndose por la piel, se presentará nuevamente al sacerdote.
8 et immunditiæ condemnabitur.
8 Y si este ve que la erupción se ha propagado, deberá declararlo impuro, porque es lepra.
9 Plaga lepræ si fuerit in homine, adducetur ad sacerdotem,9 Cuando en una persona aparezcan síntomas de lepra, será llevada al sacerdote.
10 et videbit eum. Cumque color albus in cute fuerit, et capillorum mutaverit aspectum, ipsa quoque caro viva apparuerit :10 Si este descubre en la piel una hinchazón blancuzca, que ha emblanquecido el vello, y si en la parte hinchada se ha formado una úlcera,
11 lepra vetustissima judicabitur, atque inolita cuti. Contaminabit itaque eum sacerdos, et non recludet, quia perspicuæ immunditiæ est.11 entonces se trata de lepra crónica. El sacerdote debe declarar impuro al enfermo, sin necesidad de aislarlo, porque ciertamente es impuro.
12 Sin autem effloruerit discurrens lepra in cute, et operuerit omnem cutem a capite usque ad pedes, quidquid sub aspectum oculorum cadit,12 Pero si la lepra prolifera hasta cubrir por completo la piel de la persona afectada, de la cabeza a los pies, en cuanto el sacerdote alcanza a ver,
13 considerabit eum sacerdos, et teneri lepra mundissima judicabit : eo quod omnis in candorem versa sit, et idcirco homo mundus erit.13 y si este, al hacer el examen, comprueba que la lepra cubre todo el cuerpo, entonces deberá declarar pura a la persona afectada. Es pura, porque se ha vuelto totalmente blanca.
14 Quando vero caro vivens in eo apparuerit,14 Sin embargo, apenas aparezca una úlcera, será impura.
15 tunc sacerdotis judicio polluetur, et inter immundos reputabitur : caro enim viva, si lepra aspergitur, immunda est.15 Cuando el sacerdote vea la úlcera, la declarará impura: la úlcera es impura porque es lepra.
16 Quod si rursum versa fuerit in alborem, et totum hominem operuerit,16 Pero si la úlcera se vuelve a poner blanca, el enfermo irá de nuevo al sacerdote,
17 considerabit eum sacerdos, et mundum esse decernet.
17 y él lo examinará. Si la afección ha recuperado el color blanco, el sacerdote tendrá que declarar pura a la persona afectada, porque es pura.
18 Caro autem et cutis in qua ulcus natum est, et sanatum,18 Si en la piel de una persona aparece una inflamación, que luego se cura,
19 et in loco ulceris cicatrix alba apparuerit, sive subrufa, adducetur homo ad sacerdotem.19 pero en el lugar donde estaba la inflamación se forma una hinchazón blancuzca o una mancha de color rojizo pálido, el enfermo se presentará al sacerdote.
20 Qui cum viderit locum lepræ humiliorem carne reliqua, et pilos versos in candorem, contaminabit eum : plaga enim lepræ orta est in ulcere.20 Si el sacerdote ve que la zona afectada está más hundida que la piel, y que el vello se ha puesto blanco, deberá declararlo impuro: es un caso de lepra que ha proliferado en la inflamación.
21 Quod si pilus coloris est pristini, et cicatrix subobscura, et vicina carne non est humilior, recludet eum septem diebus :21 Pero sin advierte que no hubo emblanquecimiento del vello ni hundimiento de la epidermis, sino que la afección fue cediendo, mantendrá al enfermo aislado durante siete días,
22 et si quidem creverit, adjudicabit eum lepræ ;22 y si la inflamación continúa extendiéndose por la piel, deberá declararlo impuro: es una verdadera afección.
23 sin autem steterit in loco suo, ulceris est cicatrix, et homo mundus erit.
23 En cambio, si la mancha permanece estacionaria y no se extiende, es la cicatriz de la inflamación, y por lo tanto, el sacerdote deberá declarar pura a la persona afectada.
24 Caro autem et cutis, quam ignis exusserit, et sanata albam sive rufam habuerit cicatricem,24 Si una persona se quema con fuego y se forma sobre la quemadura una mancha lustrosa de color rojizo pálido o blancuzco,
25 considerabit eam sacerdos : et ecce versa est in alborem, et locus ejus reliqua cute est humilior, contaminabit eum, quia plaga lepræ in cicatrice orta est.25 el sacerdote la examinará. Si en la mancha lustrosa el vello se ha puesto blanco y la parte afectada aparece más hundida que el resto de la piel, se trata de lepra que ha proliferado en la quemadura. El sacerdote deberá declarar impuro al enfermo, porque es lepra.
26 Quod si pilorum color non fuerit immutatus, nec humilior plaga carne reliqua, et ipsa lepræ species fuerit subobscura, recludet eum septem diebus,26 Pero si el sacerdote comprueba que no hay emblanquecimiento del vello ni hundimiento de la epidermis, y que la mancha ha ido cediendo, mantendrá aislado al enfermo durante siete días.
27 et die septimo contemplabitur : si creverit in cute lepra, contaminabit eum.27 Al séptimo día lo examinará, y si la afección se ha extendido por la piel, el sacerdote deberá declararlo impuro: es un caso de lepra.
28 Sin autem in loco suo candor steterit non satis clarus, plaga combustionis est, et idcirco mundabitur, quia cicatrix est combusturæ.
28 Pero si la mancha permanece estacionaria, sin extenderse por la piel, y pierde intensidad, es simplemente efecto de la quemadura. El sacerdote tendrá que declararlo puro, porque no es más que la cicatriz de la quemadura.
29 Vir, sive mulier, in cujus capite vel barba germinaverit lepra, videbit eos sacerdos.29 Si un hombre o una mujer tienen una afección en la cabeza o en el mentón,
30 Et si quidem humilior fuerit locus carne reliqua, et capillus flavus, solitoque subtilior, contaminabit eos, quia lepra capitis ac barbæ est.30 el sacerdote examinará la parte afectada. Si esta aparece más hundida que el resto de la piel, y en ella el pelo se ha vuelto amarillento y débil, el sacerdote tendrá que declarar impuro al enfermo: es tiña, o sea, lepra de la cabeza y del mentón.
31 Sin autem viderit locum maculæ æqualem vicinæ carni, et capillum nigrum : recludet eum septem diebus,31 Pero si el sacerdote comprueba que la zona afectada de tiña no aparece más hundida que el resto de la piel, y que en ella no hay pelo negro, mantendrá aislado al enfermo durante siete días.
32 et die septimo intuebitur. Si non creverit macula, et capillus sui coloris est, et locus plagæ carni reliquæ æqualis :32 Al séptimo día examinará la afección, y si tiña no se ha propagado ni hay pelo amarillento, y la zona afectada no aparece más hundida que el resto de la piel,
33 radetur homo absque loco maculæ, et includetur septem diebus aliis.33 el enfermo se afeitará, excluida la parte afectada, y el sacerdote lo mantendrá aislado siete días más.
34 Si die septimo visa fuerit stetisse plaga in loco suo, nec humilior carne reliqua, mundabit eum : lotisque vestibus suis, mundus erit.34 Al séptimo día lo someterá a un nuevo examen, y si la tiña no se ha extendido por la piel y la zona afectada no aparece más hundida, el sacerdote tendrá que declararlo puro.
35 Sin autem post emundationem rursus creverit macula in cute,35 Si después de haber sido declarado puro, la tiña se propaga por la piel,
36 non quæret amplius utrum capillus in flavum colorem sit immutatus, quia aperte immundus est.36 el sacerdote lo examinará, y si la tiña se ha extendido, no necesitará verificar si hay pelo amarillento: el enfermo es impuro.
37 Porro si steterit macula, et capilli nigri fuerint, noverit hominem sanatum esse, et confidenter eum pronuntiet mundum.
37 En cambio, si advierte que la tiña permanece estacionaria y que en la zona afectada ha crecido pelo negro, la tiña está curada. La persona es pura, y el sacerdote deberá declararla como tal.
38 Vir, sive mulier, in cujus cute candor apparuerit,38 Si un hombre o una mujer tienen en la piel manchas lustrosas de color blanco,
39 intuebitur eos sacerdos. Si deprehenderit subobscurum alborem lucere in cute, sciat non esse lepram, sed maculam coloris candidi, et hominem mundum.
39 y el sacerdote ve que las manchas son de un blanco tenue, se trata de una eczema que ha brotado en la piel: esa persona es pura.
40 Vir, de cujus capite capilli fluunt, calvus et mundus est :40 Si a un hombre se le cae el cabello y queda calvo, es puro.
41 et si a fronte ceciderint pili, recalvaster et mundus est.41 Si pierde el cabello en la parte delantera de la cabeza y se vuelve calvo sobre la frente, también es puro.
42 Sin autem in calvitio sive in recalvatione albus vel rufus color fuerit exortus,42 Pero si en la parte calva, ya sea sobre la frente o en la parte posterior de la cabeza, aparece una afección de color rojizo pálido, es lepra que ha proliferado en la parte calva.
43 et hoc sacerdos viderit, condemnabit eum haud dubiæ lepræ, quæ orta est in calvitio.43 El sacerdote lo examinará, y si la hinchazón de la zona afectada es de un color rojizo pálido y tiene el mismo aspecto que la lepra de la piel del cuerpo,
44 Quicumque ergo maculatus fuerit lepra, et separatus est ad arbitrium sacerdotis,44 se trata de un leproso. Esa persona es impura, y el sacerdote deberá declararla como tal: tiene lepra en la cabeza.
45 habebit vestimenta dissuta, caput nudum, os veste contectum, contaminatum ac sordidum se clamabit.45 La persona afectada de lepra llevará la ropa desgarrada y los cabellos sueltos; se cubrirá hasta la boca e irá gritando: «¡Impuro, impuro!»
46 Omni tempore quo leprosus est et immundus, solus habitabit extra castra.
46 Será impuro mientras dure su afección. Por ser impuro, vivirá apartado y su morada estará fuera del campamento.
47 Vestis lanea sive linea, quæ lepram habuerit,47 Cuando aparezca una mancha de lepra en una prenda de lana o de lino
48 in stamine atque subtegmine, aut certe pellis, vel quidquid ex pelle confectum est,48 –en la trama o en la urdimbre de la lana o del lino– o en un cuero, o en algo fabricado con cuero,
49 si alba vel rufa macula fuerit infecta, lepra reputabitur, ostendeturque sacerdoti :49 si la mancha es amarillenta o rojiza, se trata de una mancha de lepra y por lo tanto deberá ser mostrada al sacerdote.
50 qui consideratam recludet septem diebus :50 Este la examinará y mantendrá aislado durante siete días el objeto afectado.
51 et die septimo rursus aspiciens, si deprehenderit crevisse, lepra perseverans est : pollutum judicabit vestimentum, et omne in quo fuerit inventa :51 Al séptimo día volverá a examinar la mancha, y si se ha extendido por la prenda de vestir –en la trama o la urdimbre– o por el cuero –cualquiera sea el uso para el que se lo destina– es lepra maligna: ese objeto es impuro
52 et idcirco comburetur flammis.52 y será quemado. Como se trata de lepra maligna, deberá ser consumido por el fuego.
53 Quod si eam viderit non crevisse,53 Pero si el sacerdote comprueba que la mancha no se ha extendido,
54 præcipiet, et lavabunt id in quo lepra est, recludetque illud septem diebus aliis.54 ordenará que laven el objeto donde está la misma y lo mantendrá aislado siete días más.
55 Et cum viderit faciem quidem pristinam non reversam, nec tamen crevisse lepram, immundum judicabit, et igne comburet, eo quod infusa sit in superficie vestimenti, vel per totum, lepra.55 El sacerdote examinará la mancha después de haber sido lavada: si esta no ha cambiado de aspecto, aunque no se haya extendido, el objeto es impuro y deberás quemarlo: es una corrosión, sea en la parte interior o en la parte exterior.
56 Sin autem obscurior fuerit locus lepræ, postquam vestis est lota, abrumpet eum, et a solido dividet.56 Pero si el sacerdote comprueba que la mancha, una vez lavada, ha disminuido, la arrancará de la ropa o del cuero, de la trama o de la urdimbre.
57 Quod si ultra apparuerit in his locis, quæ prius immaculata erant, lepra volatilis et vaga, debet igne comburi.57 Y si vuelve a aparecer, es un brote contagioso: el objeto deberá ser consumido por el fuego.
58 Si cessaverit, lavabit aqua ea, quæ pura sunt, secundo, et munda erunt.58 Pero si la mancha desaparece de la ropa –de la trama o de la urdimbre– o del objeto de cuero que sido lavado, se lo volverá a lavar, y entonces será puro.
59 Ista est lex lepræ vestimenti lanei et linei, staminis, atque subtegminis, omnisque supellectilis pelliceæ, quomodo mundari debeat, vel contaminari.59 Estas son las instrucciones relativas a la lepra de la ropa de lana o de lino –en la urdimbre o la trama– o de cualquier objeto de cuero, para declararlos puros o impuros.